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Fallos: 56:118 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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segun los términos de la ley, para estorbar aquella, y cuando, q por otra parte, es de sentido comun que lo que prohibe la ley para impedir la ejecucion de un acto, no puede entenderse autorizado para impedirto despues de su ejecucion.

Que no puede tampoco sostenerse la incompetencia del Juez Federal, alegando que no-es Juez de las resoluciones del de Provincia, el enal tiene su superior jerárquico, ante el cual deben llevarse los recursos que se deduzcan contra ellas, y que noes dado al de seccion conocer de la gestion del Banco, por cuanto ello importaría admitir un recurso contra un acto emanado de un Tribunal de provincia, lo que sería improcedente; porque nada de todo ésto puede oponerse con suceso Á la compotencia de jurisdicción que en virtud Je la Constitucion y de la ley corresponde al Juez Federal, en el caso de que se trata, desde luego que éste no es un caso de jurisdicrion concurrente, en el cual, si hubiese prevenido el de Provincia, podrían tener lugar las observaciones expuestas; poro tratándose, romo se trata, Je jurisdiecion exclusiva de la justicia federal por ser ratrone materia que le corresponde entender en él; y no siendo por lo mismo competente el Juez de Provincia, como ya seo dra demostrado, es evidente que tolo lo actuado ante él, lo ha sido eoram non judice, y es completamente nulo, segun lo ha declarado vn repetidos fallos esta Suprema Corte, refiriéndose 4 lo obrado por Juez incompetente; sinque, por lo tanto, puedan los procedimientos del Juez del concurso paralizar, mi trabar la uecion y jurisdiecion excluyente del Juez Federal, Por estos fundamentos, y oído el señor Procurador General:

se revoca el auto apelado de foja treinta y cuatro, declarándose que es competente la justicia federal, para conocer y resolver conforme ú derecho, la gestion de foja diez y nueve, del Banco Hipotecario Nacional.

levpuestos los sellos, devuélvanse,

ABEL BAZAN.

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Año: 1894, CSJN Fallos: 56:118 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-56/pagina-118

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