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Fallos: 55:405 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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Poresto, y oido el señor Procurador General, se revoca la sentencia apelada corriente á foja trescientas treinta y cinco, declarándose procedente la excepcion de inhabilidad del título opuesta por el ejecutado; y repuestos los sellos, devuélvanse.


RENJAMIN PAZ, — LUIS Y. VARELA.

ABEL BAZAN. — OCTAVIO

BUNGE. —JUAN E. TORRENT,
CAUSA LXXAII
La sociedad anónima «Gran Politeama» contra don Antonio Maceras, por cobro de pesos; sobre absolución de posierones y presentacion de estatutos.

Sumario.— 1 La parte quese halla en el lugar del juicio, está en el deber de absolver personalmente las posiciones, exigiéndolo su contraparte.

2" No puede obligarse ú l:1 presentacion del documento original, que la parte declara no tener en su poder.

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Año: 1894, CSJN Fallos: 55:405 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-55/pagina-405

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