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Fallos: 54:566 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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506 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE contrato referido, éste se elevó á escritura pública y el concesionario tomó posesion de los terrenos para las construeciones de la Usina, y terminados estos trabajos comenzó ú iluminar la ciudad del Rosario en el mes de Noviembre de 1869; todo no obstante no haber la Municipalidad escriturádole los terrenos ofrecidos, (Confesión hecha por la empresa ¿emandante á foja catorce de su escrito de demanda).

4" Que la concesion hecha á Arteaga fué adquirida bajo las mismas bases por los señores Maciá y Compañía en 6 de Octubre de 1871, pasando luego/ú ser propiedad de don Miguel Frias en 3 de Marzo de 1881, quien enajenó la mitad al señor Santa Maria (actual demandante), en Octubre del mismo año, adquiriendo éste la otra mitad en Enero de 1882, segun lo expresa la Municipalidad en el párrafo quinto de su escrito de foja ciento cincuenta y dos.

5" Que en este lapso de tiempo surgieron distintas gestiones y arreglos entre la Municipalidad y los propietarios de la empresa del gas, sobre mayor ó menor extension de los terrenos concedidos en el contrato, ete., y que no esdel caso entrar á detallar, por no creer que ellos lleven consigo elementos necesa— rios para el fallo de esta causa.

6" Que la escrituracion de los terrenos para la empresa del gas se extendió por la Municipalidad ú favor de dicha empresa, recien el año de 1883, 7 Que á mérito de la demora causada por los incidentes suscitados entre la empresa demandante y la corporacion demandada, esta última sancionó, con fecha 7 de Diciembre de 1875, una ordenanza en la cual entre otras disposiciones referentes á la empresa del gas, figura el siguiente artículo: <7' Fijase el día 2 de Enero de 1873 como la úpoca desde la cual principi á correr el privilegio de veinte años concedido á la empresa (Digesto municipal, edicion de 1890, foja sesenta y ocho).

8" Que la Municipalidad ha resuelto gravar ultimamente á la

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Año: 1893, CSJN Fallos: 54:566 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-54/pagina-566

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