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Fallos: 54:142 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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112 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE guna parte lo contrario, — En el caso registrado en la sórie 2° tomo 16 pág. 547 , ha dicho, que en juicio ejecutivo no se puede resolver la nulidad ó incon tomo 19 pág. 139 ). Caravantes diceá este respecto «asi es que se tiene por atentativo el poder jurisdiccional del Superior, y nulo enanto se hiciere é imnovare sobre el negorio controvertido, aun cuando hubiere denegado la apelación, si se recurrió de vsta negativa á la superioridad: ( Procedimientos, tomo 4, número 1336).

Por último y sobretodo, los actos practicados por un error de hecho no perjudican, porque no producen efecto alguno, se

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Año: 1893, CSJN Fallos: 54:142 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-54/pagina-142

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