CAUSA COI
La Provmeia de Buenos ares contra el dartar don Lais V. Varela, sobre der Jeria del importe de nos terrenos; sobre rompetenria y personerta Sumario. A Son de competencia de la Suprema Corte las causas entre una Previneza y tn vecino de la Capital, 2 La personería del Fiscal de Estado de la Provincia de Buenos Aires para entablar un juicio en st nombre, queda justifirada por el decreto del Poder Ejecutivo de la misma, encargándole la gestion de la acción.
3 El contrato por el cual se enajenan terrenos, respecto de los cuales no existe duda ó pleito, ni intervienen concesiones recíprocas no es transaccion, 47 El pago del precio de una venta, no vs an pago sin causa, 5" El comprador que ha recibido la cosa y no es turbado en la posesion, no puede pretender la devolucion del precio, ale= gando la nulidad de la venta t" Corresponde al comprador que alega dicha nulidad, pro bar el hecho en que la funda, Caso.—Lo indica el fallo de la Suprema Corte,
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Año: 1893, CSJN Fallos: 53:75
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