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Fallos: 53:462 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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lo han dicho expresamente, y no sería permitido á la interpretacion ó á la implicancia deducirlo autoritativamente.

Por otra parte, sila legalidad de los Gobiernos locales de Provincia, hubiese de juzgarse por las conclusiones de la sentencia del Juez Taney, entónces quedaría más caracterizada la competencia de los tribunales federales, para deducir si el Gobierno existente en una Provincia, ha sido ó no reconocido por los poderes políticos de la Nacion, Acontecimientos de fecha casi reciente pueden servir de ejemplo decisivo á este respecto.

La provincia de Santiago del Estero, despues de una revolucion que derrocó á las autoridades que estaban en ella constituidas, fué intervenida por el Gobierno Federal, á los efectos de los artículos cinco y seis de la Constitucion Nacional, Al amparo de la intervencion se reconstituyeron todos sus poderes públicos, organizándose con nuevo personal el Poder Ejecutivo y la Legislatura, y en cuanto al Poder Judicial se le respetó en su composicion.

Dos vacantes á senadores por esa Provincia existían en el Congreso Nacional por esa época, La Legislatura derrocada por la revolucion eligió senador al señor Absalon Rojas, y la nueva Legislatura, organizada bajo los auspicios de la Intervención nacional, designó para senador al Congreso al señor Pablo Lascano.

Ambos ocurrieron al Senado, despues de terminada la Intervencion, y cuando los poderes políticos que hasta hoy existen enla provincia de Santiago del Estero, funcionaban regularmente.

El Senado aceptó los diplomas presentados por el señor Rojas, y rechazó los presentados por el señor Lascano.

Segunlas conclusiones de la sentencia del Juez Taney, el hecho de la aceptacion del senador Rojas importa el reconocimiento como legal de la Legislatura que hizo su nombramiento; asf

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Año: 1893, CSJN Fallos: 53:462 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-53/pagina-462

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