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Fallos: 53:457 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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doctor Cullen envuelve la solucion de una cuestion política, ó si se dirige exclusivamente á impugnar la constitucionalidad de una ley, sin tomar en cuenta, al efecto, la materia que le sirve de motivo.

En la demanda no se niega la facultad del Congreso para dictar leyes de Intervencion; ni se pretende que esta Corte pueda ser juez de la oportunidad en que esas leyes deban y puedan dictarse, El único objeto ostensible de la demanda, es el de pedir la declaracion de inconstitucionalidad de la ley por violacion de los preceptos constitucionales que reglan los precedimientos para la sancion de las leyes.

Es ú la /orma en que la ley ha sido sancionada, y no al fondo mismo de ella, á donde se dirgie la accion. Nose impugna un acto político del Congreso, ni se pretende que él ha ultrapasado los límites de sus facultades legislativas, dictando leyes sobre materias ajenas i sus poderes delegados. Lo que la demanda pretende, es que no hay ley, por haberse violado los procedimientos substanciales que la Constitucion ha marcado para la sancion de las leyes, y esta Corte no podría rechazar de plano una accion semejante, fundada en que se trata de una cuestion política, sin que su fallo, apropósito de la jurisdiecion, importase un prejuzgamiento respecto del fondo.

Siunasola Cámara del Congreso sancionase un proyecto deley, sobre materias esencialmente políticas, y el Poder Ejecutivo, sin esperar la sancion de la otra rama del Poder Legislativo, promulgase ese proyecto como ley de la Nacion, es indudable que á nadie se le ocurriría negar al Poder Judicial la facultad de declarar nulo é inocuo un acto en que han intervenido legisladores y Presidente, pero que no revestiría los caracteres de una ley, por no haberse sancionado en la forma prescrita por la Constitucion.

El pleito en que esa declaracion se hiciese, no resolvería una cuestion política, aun cuando fuese política la materia de que

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Año: 1893, CSJN Fallos: 53:457 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-53/pagina-457

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