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Fallos: 53:40 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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40 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE

DISIDENCIA
En disidencia en cuanto se declara de preferente aplicacion al Código Penal, la ley de mil ochocientos sesenta y tres, desde que aquel, posterior en fecha, prevee y castiga el hecho que ha dado lugar á la formacion de este proceso, siendo más favorable al procesado.

OCTAVIO BENGE.


CAUSA CXCI
D. Valentín tiorrochategui contra D. Pedro Flores, por cabro ejecutivo de pesos; sibre eaezepeion de inhabilidad, espera y frande, Sumario.— La cosfesion judicial hace exigible la cantidad que se reconoce deber, y la ejecucion pedida y ordenada por di=

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53

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Año: 1893, CSJN Fallos: 53:40 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-53/pagina-40

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