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Fallos: 52:409 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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ála quinta pregunta del interrogatorio de foja 172, confirman con detalles y circunstancias concernientes el hecho del fallecimiento en su propia estancia, siendo el de la inhumacion en San Nicolás delos Arroyos, dependiente de la proximidad y mayor facilidad de comunicacion, El mismo domicilio del padre era el de sus hijos menores que vivían bajo la patria-potestad, sezun se comprueba por las «declaraciones de todos los testigos examinados con sujecion á la 7 y Ñ preguntas del interrogatorio de foja 172, explicando Las traslaciones accidentales de los menores d San Nicolás de los Arroyos y hasta ú Buenos- Aires, buscando auxilios médicos en sus diversas entermedades, Como consecuencia de ess demicióón del cansante de los hi= jos y del tutor, se ha radicado y concluido la testamentaría de D. Celedonio Valdés ante el Juez del Rosario; allíse diseernió la tutela, segun la eseritura de foja 252; alif se hizola particion y adjudicaciones 4 que se refieren los testimonios de hijuela acompañados de foja 254 4 foja 257: allí, finalmente, se ha abierto la sucesion de los menores hijos de D, Celedonio Valdés hacióndose la declaración de heredero universal á favor de D. José María Valdés, a foja 16, y dándosele posesion judicial de los bienes de la herencia, segun las dilizeneias de toja 78 á foja...

Desde el matrimonio de D, Celedonio Valdés en la parroquia del Rosario, segun la partida de foja 51, hasta su fallecimiento en la estancia, desde la particion y adjudicación de sus bienes entre sus menores hijos y la continuacion de la habitacion en Ja misma estancia paterna á cargo de su tutor Figueros, hay una séric de hechos que prueban un domicilio fijo y permanente en Santa-Fé, no desvirtuado por las cirennstancias invocadas en favor de la competencia del Juez de San Nicolás de los Arro= yos.

Si es innezable que el domicilio permanente de D, Celedonio Valdés y su familia fué su estancia de Santa-Fé, no es discuti

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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:409 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-52/pagina-409

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