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Fallos: 52:26 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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r 2 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE E Bajo el concepto expresado se celebró el juicio verbal, las partes presentaron sus pruebas, alegaron sobre el mérito de las E mismas y dando el Juzgado el pleito por substanciado, mandó E poner los autos al despacho.

3" Con posterioridad á los procedimientos que dejo relacionados, el actor señor Pintos volviendo sobre su primera resolucion, ha solicitado que se citen á un segundo juicio verbal á los demandados, contra quienes había desistido (que no concurrieron al primero ) para substanciar con éstos el interdicts que motivó sus gestiones. ; Esta peticion de la parte actora ha sido proveida favorablemente por el Juzgado y contra el auto recaido en ella, deduje los recursos de reposicion y upelacion, los cuales me han sido denegados con expresa condenacion en costas.

4° Al recurrir ante V. E. de esa denegacion, empezaré por observar que el auto recurrido me infiere gravámen irreparable, pues basta considerar las demoras y mayores gastos que pueda irrogarme el reproducir por trámites duplicados, la substanciacion del juicio, con nuevos demandados, y además, que por el nuevo comparendo verbal la parte actora podrá ampliar las razones y pruebas que tiene aducidas y presentadas en pró de su demanda, lo que será utilizable en contra mía, desde que el pleito habiera de resolverse por una sentencia comun, mientras que por mi parte no obtendría igual medio de defensa, encontrándose para mí dos pleitos ya substanciados.

Si es por la insubsistencia del auto recurrido es evidente, que substanciado un juicio y hallándose en estado de sentencia sca sumario ú ordinario, no es permitido reabrirlo reponiendo el procedimiento al estado de demanda, para reproducir el mismo juicio con otros demandados, que aquellos contra los cuales primero se substanció.

5" Debo suponer, Excmo. señor, que el Juez a quo, cuya ilustracion me hago un deber en reconocer, sólo por causa del

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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:26 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-52/pagina-26

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