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Fallos: 52:200 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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CAUSA CXEI
Los Doctores Susini y Piñero; sobre honorarios médicos Sumario.—Los honorarios médicos en asuntos sujetos al conocimiento de los Tribunales deben ser estimados por estos, y no por el Departamento Nacional de Higiene.

Caso. — Lo indica la siguiente

PETICIÓN
La Plata, Agosto 12 de 1802.

Señor Juez Federal:

Los Doctores Telémaco Susini y Juan D. Piñero, á V. S. exponemos:

Que el Juzgado nos es deudor de los honorarios siguientes:

Tresautopsias practicadas en los cadáveres de Alejandro Aguirre, Ramona Cornejo y Juan Bernaola, habiendo hecho dos via

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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:200 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-52/pagina-200

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