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50 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE gencia ó culpa del acarreador, ni menos que él fuera voluntario, cuyas presunciones rechaza el Código citado estableciendo en su artículo 470 la necesidad de probar que la avería 6 pérdida fué debida á aquellas causas.
Con los antecedentes expuestos se recibió la causa ú prueba sobre los siguientes puntos: Silas mercaderías objeto de la demanda fueron consumidas por un incendio y en su caso que éste fuera producido por caso fortuito 6 fuerza mayor.
Y considerando: 1° Que es un principio inconcuso de derecho que toda excepcion debe p:obarse por quien se deduce.
2" Queestose halla expresamente consagrado por la Suprema Corte en juicio análogo al presente al declarar que en caso de un siniestro que ocasione la pérdida de la carga es obligacion del acarreador probar que él ha sido producido por fuerza mayor ó caso fortuito (Fallos de la Supr-ma Corte, série 2', tomo 14 pág. 709 ).
3" Que además y si bien por el artículo 168 del Código citado se establece que todos los daños que sufrieren por tales causas los efectos cargados, durante el transporte, ú por vicio propio de los mismos, son de cuenta del cargador, no mediando estipulacion en ex:trario; el mismo artículo declara que la prueba de cualquiera de estos hechos incumbe al acarreador ó comisionista de transporte, 4 Que en consecuencia y alegado por la empresa demandada, el hecho de que el incendio del wagon que conducía las mercaderías objeto de la demanda se produjo por fuerza mayor ú caso fortuito, es á la misma á quien correspondía la prueba de tal asercion; sin que sea en manera alguna atendible la argumentacion que en contrario se hace de que no pudiendo suponerse voluntario tal accidente, es forzoso deducir que él sé debe únicamente úá alguna de las causas enunciadas, por cuanto él podía ser el resultado de un descuido 6 negligenc'a que responsabilizaría en todo caso ú la Administracion,
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Año: 1893, CSJN Fallos: 51:50
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