3 384 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE " worth, con destino á Amberes bajo permiso n" 2424, libre de derechos, por haber ido la guía firmada por la Compañía c Entre-Ríos estracto de carne», y de acuerdo cor; lo dispuesto en el artículo 41 de la ley n" 2402 de 9 de Noviembre de 1888 y decreto de 21 de Agost pasado.
Considerando: 1" Que ul exportar de esta Aduana con destino ú Buenos Aires, con guía de tránsito desde el 4 de Julio en adelante, los productos embarcados por la Compañía « EntreRíos estracto de carne», tenía por objeto esperar la resolucion superior, del reclamo interpuesto por esta Compañía del decreto del Ministerio de Hacienda de 1° de Julio, derogando el de 5 de Marzo: como lo demuestra el procedimiento seguido en la Aduana de Buenos Aires, de permitirle la exportacion al extranjero, afianzandolos derechos hasta que se dictara la resolucion mencionada.
2" Que resuelto este punto por la "uperioridad, liberando de derechos, con excepcion de la carne tasajo, los productos de la, industria de la Compañía referida, la Aduana de Buenos Aires les concedió el tfasbordo con arreglo al artículo 14 de la ley n° 2402. nm 3" Que el hecho de embarcar á nombre de la Empresa de una industria liberada de derechos, productos que no proceden de esa industria y que están sujetos á derechos de exportacion, importa una defraundacion de la renta nacional.
4" Que las aseveraciones hechas por el representante de la Compañía para demostrar su buena fe en el procedimiento, han sido destruidas.
5° Que aun suponiendo que hubieran pagado los derechos en la Aduana de Buenos Aires despues de la denuncia, por resolu- —" cion de S. E, el señor Ministro de Hacienda de la Nacion Dr. D.
Vicente F. Lopez, dictada el 26 de Diciembre último é inserta en las disposiciones fiscales del corriente año, en la página 147, se ha sentado la jurisprudencia siguiente:
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Año: 1893, CSJN Fallos: 51:384
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