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Fallos: 51:389 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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DE JUSTICIA NACIONAL 389 | Ese informe fué confirmado, al menos en cuanto ásu última parte, por los dictámenes del señor Procurador del Tesoro y Procurador General de la Nacion, á fojas 39 y 40. El Poder Ejeentivo aceptando esos dictámenes, aceptó y remitió el expediente, foja 41, al Juez Federal, para que tomando conocimiento de él se sirviera resolver con arreglo á derecho.

He referido estas actuaciones porque á mi juicio dan la clave para la resolucion del punto sub judice.

Siendo un recurso interpuesto y concedido sin determinacion de autoridad, aun cuando la cita del artículo 1063 de las Ordenanzas de aduana, lo encaminaron por la vía contenciosa, á la Justicia Nacional, Pero el recurso al Poler Ejecutivo era lícito tambien y mie"tras ese recurso de revision ó reconsideración no fuese resucito, quedaba en suspenso el derecho á la vía contenciosa que había concedido la Aduana al recurrente, Así lo ha resuelto V, E. fundando en sólida doctrina, la deci= y sión del tomo 5", série 2", página 253 de sus Fallos, que si se a refirió á los procederes de reconsideración ante la misma Aduana, parece aplicable al caso en que el mismo proceder se practica ante la autoridad superior administrativa, | Con sujecion á esa doctrina y jurisprudencia, el término para E ocurrir por la vía contenciosa ha quedado en suspenso, pen- :

diente de los trámites de carácter administrativo, pues durante | ellos el interesado no ha podido disponer del expediente, que :

dependía de la accion del Poder Ejecutivo.

Este mismo poder no devolvió los autos al interesado, si- E nó que los remitió directamente al Juez, segun el oficio de fojad. E La providencia recaída en ellos á foja 41, no fué notificada al interesado, ni éste tuvo ocasion de intervenir en los autos, una y vez que con sólo la vista al Procurador Fiscal, que tampoco se hizo saber, fué resuelta la desercion del recurso á foja 42 vuelta, a | A a

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Año: 1893, CSJN Fallos: 51:389 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-51/pagina-389

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