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Fallos: 51:382 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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382 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Marzo 21 de 1893, Suprema Corte :

Se reconoce que el Juezde Comercio que decretó la inhibicion, se ha declarado incompetente.

No Ea podido por consiguiente, dictar la revocacion de aquella inhibicion; y el conocimiento y decision corresponde ahora, al Juez á cuya jurisdiccion pasa la causa. No hay entónces sentencia definitiva que pueda autorizar para ante V. E., la apelacion autorizada por el artículo 14 de la ley de 44 de Setiembre de 1863; y opino por ello, que el recurso traido de hecno, debe ser desechado, Sabiniano Kier.

Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 4 de 1893, Vistos en el acuerdo: De conformidad á lo expuesto y pedido por el señor Procnrador General, se declara improcedente el recurso directo deducido. Repuestos los sellos, archívese.


BENJAMIN PAZ, — LUIS V.

VARELA. —ABEL BAZAN,
—QLTAVIO BUNGE.

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Año: 1893, CSJN Fallos: 51:382 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-51/pagina-382

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