es insuficiente la consignacion que expresa el recibo de foja...
para pagar dicha suma.
Repónganse las fojas.
Virgilio M. Tedin.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Marzo 23 de 1893.
Vistos: Por sus fundamentos se confirma con costas la senten= cia apelada de foja ciento veinte.
Repuestos los sellos, devuélvanse.
BENJAMIN PAZ,—LUIS V. VARELA.
— ABEL BDAZAN.— OCTAVIO BUNGE.— JUAN E. TORRENT. 
Compartir
55Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente 
referencia:
Año: 1893, CSJN Fallos: 51:375 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-51/pagina-375¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 51 en el número: 375 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
 Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
