CAUSA XVIII
D. Primo Rivera contra D. José M. Juarez, por laudo arbitral: sobre ejerucion Sumario, — 1" El laudo es ejecutable á condicion de presentarse el compromiso y sentencia signada de escribano público, y pareciendo que fué dada dentro del término y sobre las cosas contenidas en el compromiso.
2" El Juez debe examinar si estas condiciones se verifican, antes de mandar cumplir el laudo.
Caso. — Dictado un laudo por el cual se declaró que D. José M. Juarez era deudor y debía pagar á D. Primo Rivera la suma de 1716 pesos dentro de diez días, Juarez entabló recurso de nulidad contra el laudo, alegando que había sido dictado fuera del término designado en el compromiso.
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Año: 1893, CSJN Fallos: 51:224
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