DE JUSTICIA NACIONAL 221 Ja estimación hecha por el perito mismo del expropiado le asigna tan sólo la suma de ciento setenta y cinco pesos aproximadamente por hsctárea: se resuelve fijar en mil quinientos pesos el monto total de la indemnizacion que debe pagar el expropiante; comprendiéndose en esa suma el precio del terreno y todos los perjuicios, y se confirma en lo demás la sentencia apelada de foja setenta y nueve. Repuestos los sellos, devuél vanse,
BENJAMIN PAZ.—LUIS Y.
VARELA. —ABEL DAZAN,
— OCTAVIO BUNGE.
CAUSA NEVEI
El Panco Nacional contra Nodriguez Ordoñez y Compañía; sobre cobro ejecutivo de pesos.
Sumario. — El Banco Nacional puede ejecutar 4 sus deudores por el importe de intereses y amortizaciones vencidas con arreglo ú la ley de liquidacion de dicho Banco.
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Año: 1893, CSJN Fallos: 51:221
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