dencia con valores que se le imputa, sin perjuicio de las acciones civiles á que hubiere lugar. Debiendo, en consecuencia y en la oportunidad debida, ponerse en libertad al procesado, librándose los oficios del caso. Hágase saber con el original, y ejecu— toriada, archívese.
C. Moyano Gacitúa.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Setiembre 14 de 1892.
Suprema Corte :
Este proceso tiene por orígen la pérdida ó sustraccion de un saco de correspondencia procedente de Mendoza con destino á Tucuman, con un valor declarado de tres mil pesos.
La sentencia de primera instancia absuelve al procesado Francisco Urtubey de la responsabilidad criminal. Y aun cuando justifica el celo con que el Procurador Fiscal la ha recurrido para ante Vuestra Excelencia no encuentro en lo actuado, mérito bastante para establecer la criminalidad y el conveniente — ° castigo. y Urtubey, auxiliar de la Oficina de Expediciones en Córdoba, confesó á foja 74 que él dió el recibo que aparece en los libros, y agrega que, aun cuando no recuerda precisamente la entrada del saco en cuestion, desde que aparece conforme y no ha sido falsificada debe haberlo recibido.
Reconoce tambien que él dictaba la entrada de la correspondencia unas veces al Jefe de la Oficina, otras al auxiliar Garzon; y que no puede recordar cuál de los dos la dictara aquel día. Ne existen otros antecedentes al respecto.
Compartir
68Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1893, CSJN Fallos: 51:123
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-51/pagina-123
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 51 en el número: 123 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos