120 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE para Tucuman y conteniendo valores declarados por (res mil pesos nacionales.
2" El referido saco entró á la Oficina de Clasificacion el día 23 de Agosto del año próximo pasado y luego de hacerse la clasificacion se envió á la Oficina de Expedicion por un buzonista cuyo nombre no se recuerda por haber varios. Que en la Oficina de Expedicion firmó en el libro correspondiente el auxiliar don Francisco Urtubey el recibo del caso, comprendiendo en él el saco.
Esa misma tarde dictóse la correspondencia al Jefe, señor Lami, que la ponía en los libros, y fué despachada al dia siguiente por la mañana.
El dictado lo hizo el mismo Urtubey que recibió los sacos en la Oficina. Enviada la correspondencia á su destino se reclama que el saco A número 1310 con un valor declarado por tres mil pesos, no ha llegado y se procede entónces á instruir el sumario administrativo, terminado el cual se dió principio ú Eue, y Considerando: 1° Que ú estar á la naturaleza del hecho en cuestion y á las declaraciones de los señores M, García, foja 79, Diego Garzon, foja 76, el procesado Lami, foja 70 y siguientes :
el saco conteniendo el valor declarado perdido no debió entrar ñ la Oficina de Expedicion.
Y además < en atencion á la naturaleza de los hechos » porque tratándose de un objeto de grandés dimensiones y en un número pequeño de ellos (5) hubiera sido visto; y el testigo señor García dice que él vió los sacos y que entre ellos no venía el letra A, número 1310, perdido, lo que puede asegurar, La declaracion del procesado de que entró el saco, no puede prevalecer al lado de la de los señores Garzon y García, pues aparte de que ella no asegura la entrada, ella como se comprende, puede tener por causa el interés de vindicarse, del procesado, diciendo que si firmó el recibo, el saco entró á la Oficina.
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Año: 1893, CSJN Fallos: 51:120
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