no haber sabido, como su contrario, captarse su buena voluntad.
V. E. sabe muy bien que no hay peor tortura que la que se ejerce en nombre de una ley mal interpretada :
y pésimamente aplicada, negue pejor tortura quam tortura tegum. ! Por tanto: ú V. E. suplico se digne proveer de conformidad.
S. Ottolenghi. — Rajael Ruiz de los Llanos.
Otrosí digo: que á fin de que V. E. pueda formar idea cabal del despropósito en que incurren los nuevos tasadores, al asignar á la finca «Zonda » tan sólo el valor de 371.000 pesos. considero conveniente agregar que, 4 los efectos del payo de contribucion directa, dicha finca está tasada en 800.000 pesos más ó menos, lo que pido ú V. E. tenga presente. Es tambien justicia, etc.
i S. Ottolen qui. — Rafael Ruiz de los Llanos.
— nforme del Juez Vederal San Juan, Noviembre 30 de 1892. | Le Excma. Suprema Corte:
Evacuando el informe ordenado por V. E. con fecha 2 del corriente, expongo :
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Año: 1892, CSJN Fallos: 50:187
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