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Fallos: 50:185 de la CSJN Argentina - Año: 1892

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Facultad de Ciencias de esta capital, y director de la escuela de ingenieros de San Juan.

Estos señores, que reunen el sumum de la competencia enla materia en aquella provincia, y de cuya honorabilidad nadie ha dudado ni puede dudar, procedieron ú llenar su cometido, empezando por la mensura prolija del fundo Zonda, que es el embargado, y clasificando debidamente las diversas fracciones componentes del mismo fundo. y con fundamentos y apreciaciones ilevantables avaluaron, por unanimidad, el fundo, en la suma de 606.000 pesos moneda nacional.

Presentada la tasacion, el Juez a quo, contra toda prevision racional, y sin más pretexto que el de habérsele ocurrido á Lloveras decir que aquélla era alta, la desaprobó, llevando su desden por las buenas formas y por + nuestros «derechos hasta omitir todo fundamento á esa su desaprobacion, y cerrar los oídos á nuestros justísimos reclamos, En el propio auto y, aterrándose 4 la letra del artículo 28, cuyo espíritu se empeñó en no comprender, el inferior dispuso la retasa, y nombró para efectuarla á los señores Don Abraham Tapia, Don Alfredo Tello y Don Enrique Quiroga, de los cuales los dos primeros se titu" y lan ingenieros, sin que conste que lo sean, y el último es apenas un agrimensor, siendo el segundo profesor de Química en el Colegio Nacional de San Juan.

Estos tres señores, cuya competencia y expectabilidad es ciertamente muy inferior ú la de los tres primeros, tenían por única mision la de retasar y no la de volver á medir el fundo, supuesto que la mensura ya hecha no había sido en manera alguna impugnada.

A pesar de eso, dichos tres últimos señores, para coho

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Año: 1892, CSJN Fallos: 50:185 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-50/pagina-185

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