184 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Lloveras, sobre cobro ejecntivo de pesos, ¿ incidente relativo úla prosecucion de la ejecucion, no obstante la apelacion concedida para ante V. E. de la sentencia de trance y remate; ocurriendo directamente por denegacion del recurso oportunamente deducido, á V. E. digo:
Que el procedimiento irregular, contrario ú toda justicia y equidad y sobremanera perjudicial á nuestros intereses, que se está siguiendo ante el Juez Federal de San Juan, en el incidente de mi referencia, con desconocimiento de nuestros primordiales derechos. nos pone en el caso á mi hermano y úá mí de venir de hecho ú implorar de la alta ilustracion y severa rectitud de V. E.
la justicia que en vano impetramos del inferior.
Brevemente relacionado, el caso que motiva la presente queja es el siguiente:
" Apelada para ante V. E. la sentencia de trance y rema te y concedida la apelacion en el solo efecto devolutivo, por haber el ejecutante dado la fianza que previenen los artículos 279 á 281 de la Ley de Procedimientos, los autos fueron remitidos 4 V. E. en Enero de est° año, quedando ante el inferior los testimonios necesarios para proseguir la ejecucion. , Al efecto, se pidió por el ejecutante Lloveras la tasacion preceptuada en el artículo 285, y quedaron nombrados, para efectuaria, los siguientes señores:
Como perito designado por Lloveras, Don César Quiroga, ingeniero nacional de la seccion de San Juan; como perito de parte nuestra, Don Carlos R. Costener, ingeniero civil; y como perito tercero, designado de conformidad de partes y con pleno asentimiento del Juez a quo, Don José Cortí, ingeniero civil, diplomado en la
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Año: 1892, CSJN Fallos: 50:184
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