Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 50:184 de la CSJN Argentina - Año: 1892

Anterior ... | Siguiente ...

184 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Lloveras, sobre cobro ejecntivo de pesos, ¿ incidente relativo úla prosecucion de la ejecucion, no obstante la apelacion concedida para ante V. E. de la sentencia de trance y remate; ocurriendo directamente por denegacion del recurso oportunamente deducido, á V. E. digo:

Que el procedimiento irregular, contrario ú toda justicia y equidad y sobremanera perjudicial á nuestros intereses, que se está siguiendo ante el Juez Federal de San Juan, en el incidente de mi referencia, con desconocimiento de nuestros primordiales derechos. nos pone en el caso á mi hermano y úá mí de venir de hecho ú implorar de la alta ilustracion y severa rectitud de V. E.

la justicia que en vano impetramos del inferior.

Brevemente relacionado, el caso que motiva la presente queja es el siguiente:

" Apelada para ante V. E. la sentencia de trance y rema te y concedida la apelacion en el solo efecto devolutivo, por haber el ejecutante dado la fianza que previenen los artículos 279 á 281 de la Ley de Procedimientos, los autos fueron remitidos 4 V. E. en Enero de est° año, quedando ante el inferior los testimonios necesarios para proseguir la ejecucion. , Al efecto, se pidió por el ejecutante Lloveras la tasacion preceptuada en el artículo 285, y quedaron nombrados, para efectuaria, los siguientes señores:

Como perito designado por Lloveras, Don César Quiroga, ingeniero nacional de la seccion de San Juan; como perito de parte nuestra, Don Carlos R. Costener, ingeniero civil; y como perito tercero, designado de conformidad de partes y con pleno asentimiento del Juez a quo, Don José Cortí, ingeniero civil, diplomado en la

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

54

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1892, CSJN Fallos: 50:184 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-50/pagina-184

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 50 en el número: 184 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos