tería de Videla, estaba con Balmaceda en la esquina de la casa de Videla, y vió que Molina llamaba á Balmaceda. Fué y volvió diciéndole que lo habia llamado para exijirle que le sirviese, y que se negó pretestando que estaba pobre y precisaba atender una tiendita que recien habia abierto con una habilitacion que le habian hecho ; que Molina le dijo que aun cuando fuera de noche le acompañase; que despues de esto lo vió trabajando en su casa, y que cuando le vió de militar, no sabe como haya ido al servicio.
Fallo del Juez de Seccion.
San Juan, Setiembre 25 de 1867.
Vistos: Estos autos seguidos á instancia del Fiscal, contra José Fernandez, Domingo Balmaceda, y Bonifacio Morales, como reos del delito de rebelion, con lo espuesto por las partes en defensa y sosten de sus respectivas pretenciones y demas constante de autos, y considerando: Que José Fernandez está confeso de haber servido en clase de sarjento del batallon de infantería, y la prueba producida por la parte para justificar la excepcion de violencia (testigo Pedro Irrustia y Ventura Nuñez ) mas bien le esadversa que favorable.
Que Morales está así mismo confeso de haber pertenecido 4 ese mismo batallon; y la prueba producida en justificacion de la excepcion de violencia es deficiente: primero, porque el dicho de doña Adela Luciar, en cnanto declara de ciencia propia es singular, y en lo demas de oidas ; y segundo, porque el testimonio de Nicolasa Cano, adolece de los mismos defectos.
Que Balmaceda que confiesa haber servido en clase de ayudante del Gobernador rebelde, José B. Molina, tampoco ha justificado su excepcion de violencia, ni ninguna de las otras aducidas en su defensa ; pues que toda su prueba se reduce á demostrar que fué llamado mas de una vez por aquel, antes de ir, y de haber entrado en servicio, lo que está muy distante de importar una violencia, tal como se requiere para escusar de Ja responsabilidad de un hecho penable.
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Año: 1867, CSJN Fallos: 5:94
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