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Fallos: 5:88 de la CSJN Argentina - Año: 1867

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CAUSA XI.
Criminal, contra Bonifacio Morales, Domingo Balmaceda y José Fernandez, por rebelion.

Sumario. —1° Cuando en las causas criminales, la única prueba del delito es la propia confesion y esta no es simple, debe tomarse en el sentido que se preste.

2? Cuando se alega excepcion de violencia, y hay vehementes presunciones para creer que ha existido, debe aceptarse la excepcion, porque es doctrina de los criminalistas digna de ser aceptada como razonable y justa, que para absolver, bastan las presunciones que hagan vacilar el ánimo del juez, respecto á la verdad de los cargos que se hagan.

Caso.—Acusados de rebelion y saqueo de la casa de don Manuel José Gomez, los individuos Bonifacio Morales, Domingo Balmaceda y José Fernandez, fueron llamados á declarar.

Fernandez, dijo, que fué sarjento de la 12 compañía de infantería de la ciudad de San Juan, en tiempo del Gobernador Molina; que su compañía estuvo acuartelada en casa de Gomez, un solo dia, que fué el último en cuya noche fugó Molina, y que Ja segunda compañía estubo los dias antes á esa fuga.

Balmaceda declaró que durante 27 dias sirvió de ayudante al Gobernador Molina ; que tiene noticia que la infantería y la jente que llevó Legrand saquearon la casa de Gomez,

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Año: 1867, CSJN Fallos: 5:88 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-5/pagina-88

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