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Fallos: 5:505 de la CSJN Argentina - Año: 1867

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De las Causas y Materias que se contiene en el Quinlo Tomo

CAUSA COXLY.
Páginas.

y Juan A. Nuñez con D. Casimiro Solanet, sobre fletes y estadias.

Sumario.—En la absolucion de posiciones no puede darse por confeso 4 una de las partes miéntras no incurra en rebeldía. 5

CAUSA CCXLVI.
Entre los consignatarios, cargadores y aseguradores del bergantin sueco «Bravo», sobre averias.

Sumario.—1o Todos los gastos tendentes A establecer las bases para el pago de la indemnizacion al asegurado, deben ser á e del asegurador, 20 Gastos de esta naturaleza son los honorarios del abogado 19 que, en el juicio correspondiente, dirije 4 los consignatarios de un buque asegurado y que ha sufrido averias..............

CAUSA CCXLVIL
D. Juan Urmti contrá D, Agustin Repetto, por cobro de posos Sumario.—1e Los documentos presentados por una de las partes deben considerarse fehacientes miéntras no se arguyan de falsos por la otra.

2 Para libertarse el demandado del pago de los intereses, cuando se le cobra una cantidad de dinero, debe consignar el importe de lo que confiesa deber.......e....covearcocenoe 12

CAUSA COXEVI.
El Fisco Nacional contra el Comisario de Guerra, D. Santiago Aibarracin, por déficit en la caja de la Comisaria General de uerra, Sumario.—4° Los funcionarios públicos son responsables de sus actos y de aquellos que deben ejecutar.

20 El jefe de una oficina á quien se entrega directamente dinero del Estado, debe rendir cuenta justificada de él, y responde de las faltas que no sean el resultado de una sustraccion violenta 6 inculpable.

8 La culpa de empleados subalternos mole exonera de esa

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Año: 1867, CSJN Fallos: 5:505 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-5/pagina-505

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