de los barraqueros patentados que aparecian firmando los crumplidos de depósito, y que era auténtica la de algunos otros. — En efecto, Alberto Reinhold, reconoció scr suya la firma que aparcce en los permisos que corren en autos.
Remitidoslos antecedentes al Juzgado Nacional, Reinhold se ratificó en su declaracion anterior, esponiendo que reconocia como suyaslas firmas, y que, no obstante haber puesto los conformes en los tres permisos referidos, declaraba que no habia entrado en su barraca toda la lana que ellos espresan, sinó una parte que no puede determinar sinó en presencia de sus libros.
Llamado nuevamente á declarar, é interrogado sobre la persona que le presentó los permisos para que los firmara, espuso; que un Sr. Monserrat, dependiente de la casa de Petit y Ca. ; que dicho Monserrat lo vió en la Bolsa, para que se los firmara, cómo si hubiese recibido en su barraca, en depósito, los frutos que espresan; que el declarante se resistió al principio, pero que instado nuevamente por Monserrat, los firmó, creyendo que con esto hacia un servicio, puese! referido Monserrat, le aseguró que los frutos estaban desembarcados y aún depositados eu Ja casa de Linch y C'., y que el Sr, Petit, dueño de la casa de que es dependiente Monserrat, estaba en tratos de comprar esos frutos.
Celestino Monserrat declaró, que habia presentado á Reinhold dos boletos que le fueron entregados por Cárlos Villa-Monte para que los hiciera firmar por un barraquero cualquiera. — Preguntado al tenor de la referencia que de él hace Reinhold, contestó: que era cierta la referencia. — Se le puso de manifiesto los permisos que corrian en autos, y reconoció ser uno de ellos, uno de los dos que presentó 4 Reinhold, diciendo que no recordaba cuál de los otros dos era el otro. — Preguntado, si le constaba que los frutos á que esos permisos sc refieren, estaban Jdesembarcados y depositados; dijo : que no le constaba, pero que selo dijo así á Reinhold, porque se lo habia asegurado Cárlos Villa Monte, el cual dijo al declarante que esos frutos los habia traido en un buque de su propiedad.
El guarda Francisco Lopez confesó, haber certificado el desembarco de los frutos sin haber presenciado dicho desem
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Año: 1867, CSJN Fallos: 5:350
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