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Fallos: 5:345 de la CSJN Argentina - Año: 1867

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estas consideraciones, y con arreglo al art. 252 de "la ley de Procedimientos Nacionales, no ha lugar, con costas, á la ejecucion deducida, y repóngase el sello.

Eguia.

Esta sentencia fué confirmada por el siguiente Tello de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Junio 25 de 1868 Vistos: Por sus fundamentos se confirma, con costas, el auto apelado de foja catorce, y satisfechas aquellas y repuestos los sellos devuélvanse.

FRANCISCO DE LAS CARRERAS.—FRANcisco DELGADO. —Josf BAnros Paz0s.—J. B. GOnosTIAGA." CAUSA ¡LVKI.

Don Inocencio Gimenez y Don Francisco R. Galindez, contra el Intendente de Policía de Catamarca, sobre prision ilegal de D. Francisco de la Vega.

Sumario.— 1 Los abusos que cometan los funcionarios de Provincia en perjuicio de las garantías individuales, deben casTe Ve 24

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Año: 1867, CSJN Fallos: 5:345 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-5/pagina-345

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