Di: JUSTICIA SACIONAL 89
CAUSA CEC
"Contra Don Eugenio Codazzi, por falsificacion y defrauuacion de rentas fiscales ; sobre liberacion del fiador.
Sumario.—El tiador de carcel segura y de pagar lo juzgado y sentenciado, está obligado ú pagar lo que resute juzgado y sentenciado aunque el reo haya sido absuelto de pena corporal.
Caso. — Lo indican los siguientes Auto del Juez Federal Corrientes, Junio 20 ¡le 1883.
Y vistos: con lo espuesto por el Fiscal acéptase el fiador propuesto y otórguese la escritura de fianza de cárcel segura y de pagar lo juzgado y sentenciado en los términos ordenados por el auto de fecha 18 del
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Año: 1892, CSJN Fallos: 49:89
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