ticia acional así lo prevee; y como la nulidad es manifiesta, puesto que antes de la resolucion al respecto no existe jurisdiccion para resolver el fondo; V. E. se ha de servir, con sujecion 4 lo dispuesto en el artículo 237 de la citada ley, declarar la nulidad de lo obrado desde la declaracion de la incompetencia, y devolver los autos al Juez que corresponda para que proceda y resuelva con arreglo á derecho, Huenos Aires, Mayo 7 de 1892.
Sabiniano Kier, Fallo de la Saprema Corte Buenos Aires, Noviembre 12 de 1892, Vistos:
Considerando: que los demandantes al deducir su accion no han acreditado que esta causa corresponda al fuero federal por razon de las personas, por cuanto no han demostrado que el demandado sea argentino, habiéndose solo acreditado la calidad de extranjeros de los demandantes.
Que por el contrario los demandantes no han negado la calidad de extranjero que ha invocado el deman- .
dado Don Guido Bennati en el acto del juicio verbal de foja nueve, habiéndose limitado 4 decir que no ha hecho la manifestacion referida en momento oportuno, v. 2 " "e
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Año: 1892, CSJN Fallos: 49:481
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