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Fallos: 49:476 de la CSJN Argentina - Año: 1892

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476 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Que probado asi el contrato de transporte, la obligacion del transportador de entregar la mercadería de cuyo transporte ó encargo no puede ponerse en duda, según lo prescribe el artículo 195 del Código de Comercio.

Por estos fundamentos y los concordantes de la sentencia apelada de foja 27 vuelta, se confirma ésta con costas; y repuestos los sellos, devuélvanse.


BENJAMIN Paz.— Luis V. VARELA.
— AunEL BAZan. — Octavio Bunct.— Juan E. "TORRENT,

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Año: 1892, CSJN Fallos: 49:476 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-49/pagina-476

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