CAUSA CCLX
Contienda de competencia entre el Juez Federal de Corrientes y el de lo Citil y Comercial de la Capital, en la demanda del dortor Don José M. Guastavino contra Don Bariolomé Denegri; sobre entrega de un campo.
Sumario.— 1" A los efectos de la competencia, la demanda debe apreciarse tal como se interpone, prescindiendo de juzgar sobre la procedencia de la accion en ella deducida.
Demandindose la entrega de un inmueble en virtud de compra venta, la obligacion del vendedor es, por la naturaleza de la prestacion, cumplidera en el Jugar donde está situado; y por lo tanto el Juez competente ' para conocer en la demanda es el de dicho lugar, y no el del domicilio del demandado, Caso.—Con unas escrituras y acompañando algunas cartas y dictámenes juricos, el Doctor Guastavino se presentó en 22 de Noviembre de 1889 ante el Juez
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Año: 1892, CSJN Fallos: 49:485
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