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E VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
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° Suprema Corte:
I y El sub-administrador de aduana pidió al Gefe de esa E administración una revisación de todas las mercaderías | depositadas pertenecientes ú la casa de Ackerley y C°, por E tener vehementes sospechas de que las copias de factura f presentadas no manifiestan el verdadero contenido de los $ bultos sino otro de menor valor—f. 1°.
E Proveido de conformidad por el administrador general, E se pasó el oficio al_gefe de vistas, que figura ú f. 2, y prac| ticada la revisación que consignan las diligencias de f. 39 vuelta á f. 55, resultó que había diferencias importantes en todos los bultos existentes en los depósitos de aduana, FO que habían sido sometidos á revisación.
n En mérito de-ello el señor Ministro de Hacienda pasó los antecedentes al contador de la Aduana para que conoE ciera, teniendo en cuenta otro expediente seguido contra O los señores Ackerley y C°, por sustracción de mercadof rías—f. 80.
| El contador resolvió administrativamente de f. 80 4 f, 89 L imponiendo la pena de comiso á los excesos y diferencias É de especie, y la de dobles derechos resultantes de la veriL ficación practicada. Esta resolución fué revocada por la Í del Juez Nacional de f. 122 que sólo aplica á los recurrenE tesla muade 2 sobre el valor de las mercaderías € rectificadas.
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Año: 1892, CSJN Fallos: 48:422
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