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Fallos: 48:280 de la CSJN Argentina - Año: 1892

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20 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE , — Por ello pido ú V. E. la confirmacion del auto recurrido en su parte referente á la competencia del Juzgado Nacional de la Provincia de Buenos Aires.

Marzo 17 de 1892.

Sabiniano -Kier.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 21 de 1892.

Vistos: considerando: 1° Que la procedencia de la Justicia Federal está debidamente acreditada.

Que está igualmente comprobado que el terreno que sirve de causa á este litigio, se halla ocupado por la Empresa demandada, con el asentimiento del demandante, lo que se desprende del hecho Je demandarse, no la cosa misma, sino su valor.

3" Que dicho terreno ocupado á los efectos de la obra pública, autorizada por ley de la Provincia de Buenos Aires, se encuentra ubicado en territorio de esta misma.

4 Que teniendo por objeto la demanda el cobro de suma de pesos, como precio :e ese terrano, la disposi| cion del artículo 749 del Código Civil es de aplicacion.

Por esto y de conformidad con lo pedido por el señor Procurador General, se confirma el auto apelado de fofa 25, en la parte que declara la competencia del Juzgado Federal de la Plata, para entender en este juicio.

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Año: 1892, CSJN Fallos: 48:280 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-48/pagina-280

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