DE JUSTICIA NACIONAL 459 j de pública notoriedad ocurridos en la parroquia de la Piedad [durante el acto electoral del último domingo.
La prensa de la Capital ha dado noticia de que V. $:
ha procedido ya, dictando resoluciones, y como no se me ha dado la intervencion que me corresponde en todo sumario, desde el primer instante de su iniciacion por el Juez, ruego á V. S. se sirva salvar la omision, dictando las órdenes que correspondan, "4 fin de que tenga debido cumplimiento la disposicion del inciso 6° artículo 182 del Código de Procedimientos.
Dignese, etc.
José M. Bustillo.
Fallo del Juez Federal huenos Aires, Febrero 13 de 1892.
No existiendo la omisión úá que se refiere el señor Procurador Fiscal, é iniciada esta causa por prevencion policial, segun lo reconoce el mismo solicitante, procédase en el sumario iniciado, dándosele la intervencion que le corresponde cuando llegue la oportunidad.
Ugarriza.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
En esta causa contra el procesado Miguel A. Paez, acusándolo de sedicion y soborno, ha interpuesto el Pro
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Año: 1891, CSJN Fallos: 47:459
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