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Fallos: 47:453 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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proceder en el sentido indicado, en uso de sus atribuciones. Higase saber con el orignal.

Delfino Olira.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte :

El inspector perceptor de los impuestos internos de la Seccion 6, pidió al Juez Nacional de Tucuman procediera ú levantar in sumario sobre infracciones denunciadas por él, 4 la-ley de impuestos internos.

El Juzgado no hizo lugar, declarando á foja 7, «que siendo la imposicion de multas un acto administrativo no correspondía su conocimiento al Juez Nacional, sino cuando fuese rehusado su abono.» Ese auto fué recurrido para ante V. E. por el recaudador de impuestos y Procurador Fiscal.

De lo actuado no resulta, en efecto, mérito legal para el ejercicio de la jurisdiccion contenciosa del Juzgado Nacional. | La ley de 18 de Octubre de 1877, había creado la Direccion General de Rentas, bajo la dependencia del Ministerio de Hacienda y definido sus atribuciones acordándole por el inc. 14 del art. 7, todas las demás funciones que las ordenanzas de Aduana especialmente :

encomiendan á la Direccion General de Aduanas.

Ocurriendo entonces á esas ordenanzas, en la creencia 4 de una disposicion expresa al respecto, se encuentran ú

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Año: 1891, CSJN Fallos: 47:453 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-47/pagina-453

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