Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Marzo 17 de 1892, Por lo que resulta del precedente certificado, atenta la rebeldía acusada, y de conformidad 4 lo dispuesto por el artículo 214 de la Lev de Procedimientos, declirase desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte de Don Exequiel C. Real de Azúa, y en consecuencia.
devuélvanse los autos al Juzgado de su procedencia.
BENJAMIN VICTORICA.— C. 5. DE
LA TORRE. — Luis V. VARELA.
— AñeL Bazan.
CAUSA XE VIII
Don F. Gireudat rontra el Ferrocarril Central Argentino, por extravío de mercaderías : sobre deserrion de recurso.
Sanario.— La mejora hecha despues de vencido el término legal y de acusada la rebeldía por el apelado no impide la declaracion de deserción del mismo.
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Año: 1891, CSJN Fallos: 47:354
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