Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Octubre 26 de 1891, Estando vencido el término de prueba y el dia señalado para la recepcion de estos testigos, sin que la parte los hubiera presentado, conforme estaba ordenado, no ha lugar úlo pedido y sigan los autos segun su estado.
Ugarriza.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR CENERAL
Suprema Corte:
Estar.do esta causa en estado de prueba, ú foja 132 se pidió por la parte de don Juan E. Roland la recepcion de testigos allí nombrados.
El Juez designó dia para esa recepcion, declarando á foja 132 vueta, que deberán ser presentados en la audiencia por la parte que los ofrece y ese anto fu consentido.
No obstaxte, los testigos no fueron presentados á la audiencia el dia designado, segun lo expresa la nota del actuario de foja 134, y es recien despues de vencido el término probatorio uc se pide ú foja 135 se cite judicialmente á los testigos, porque siendo empleados de Aduana, no comparecerán sin órden del Administrauor, Contra el auto denegatorio de esa peticion, se ha inter
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Año: 1891, CSJN Fallos: 47:357
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