CAUSA XXXII
Doña Elisa Blaye de Chavarri, en la ejerucion de hon Juan Doncel, contra Don Juan Chuvarri; sobre terrería de dominio, Sumario.—No se considera de propiedad de la mujer el inmueble comprado por ella durante el matrimonio, cuando en la escritura de compra no se ha expresado que ésta se ha hecho con dineros de la misma, y el modo cómo los ha adquirido.
Caso.—Se indica por el Fallo del Juez Federal Rosario, Setiembre 25 de 1890, Y vistos: los precedentes de tercería deducidos por Doña Elisa B. de Chavarri, solicitando ser declarada dueña
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Año: 1891, CSJN Fallos: 47:270
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