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Fallos: 46:132 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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Fallo de la Suprema Coríte Buenos Aires, Setiembre 29 de 1891 Vistos : Por sus fundamentos, se confirma con costas la sentencia apelada de foja noventa y dos, salvo en la parte en quo se absuelve al demandado del pago de los trescientos treinta y cinco pesos por cobro de mantencion y alojamiento, respecto de lo cual se deja dicha sentencia sin efecto por no haberse acreditado sobre tal punto la jurisdiccion federal por razon de la materia, ni por razon de las personas. ltepuestos los sellos, devuélvanse.


BENJAMIN VICTORICA.—C. S.

DE LA TORRE. — LUIS Y.
VARELA.—ADEL BAZAN.

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Año: 1891, CSJN Fallos: 46:132 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-46/pagina-132

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