CAUSA CLI
D. hernardo Mary contra la Compañía Maritima —« Chargeurs Néunis », por daños y perjuicios ; sobre competencia Sumario.— 1 Es nulo lo obrado ante el Juez Federal en lo Civil y Criminal de la Capital, en causas sujetas á la ley y jurisdiccion comercial.
2 'Tules son las que se refieren al transporte de pasajeros por Empresas de vapores por agua, y todas sus consecuencias.
3" Las lesiones involuntarias, los actos subsiguientes de mala atencion, la pérdida y extravío de equipajes, son infracuiones á las obligaciones contraidas por dichas Empresas, relativamente ú la seguridad dela vida, persona y equipajes de los pasajeros.
4° La naturaleza comercial de estos hechos, no desaparece po. no ser comerciante el pasajero, ú por la aplicacion que pueda hacerse de disposiciones especiales del Código Civil.
Caso.— En 1° de Julio de 1890, D. Bernardo Mary ue presentó ante el Juez de primera instancia de la Capital, y expuso: que en 47 de Octubre de 1889, se había embarcado en Burdeos enel vapor «Entre-Rios> de la Compañía « Chargeurs Réunis >, para venir destablecerse aquí en el ejerciciode su profesion de empresario de obras públicas; y que el día 21 estando sentado en un
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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:70
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