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Fallos: 44:383 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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DE JUSTICIA NACIONAL 383 ÁD, Marcial Quiroga en 2 de Julio de 1887, gravados en hipoteca de 120,000 ps. en códulas nacionales 1, por la suma de 350.762 ps. 07 cents. m/n., pagaderos, 25.000 ps. al contado, 25.000 ps. 4 60 días, 117,471 ps. 77 cents, saldo dendor al Banco Hipotecario Nacional, que tomarían á su eargo los compradores, 1.691 ps. 30 con interés ie 7 5, al plazo de un año, 91.600 con interés de 7, Á las 2 años, El 3 de Octubre + 1890 los señores Ottolenghi se presentaron al Juzgado de 1 lustancia de San Juan, diciendo que se había abierto la sucesion de 19' Mercedes Rufino, esposa del vendedor Lloveras, la que tenía condominio en los bienes vendidos, Que por tal razon la venta era mula con arreglo al artículo 1331 del Cóligo Civil, y existian motivos fundados de reivimbivación, lo que les daba el derecho de suspender el pago del precio, ó exigir lanzo de vendedor.

Wuren virtud de ly expuesto, y vencióndoseles en el día, una obligacion de pagar parte del precio, stspendían el enmpli= miento de ella, y pedían se les declarase amparados dol derecho que acuerda el artículo 25, Cóligo Civil, hacióndolo así saber á Lluveras, El Juez confirió traslado, prúendo vn noticia de los herederos de D' Mercedes Hufizo la anterior solicitud, El Ade Octubre, D, Lisandro Lloveras demandó ante el Juez de 1" Instancia ú los Sres. Ottolenghi por la suma de 91.690 ps. 30 ernts., fundado en el eontrato:de venta, solicitando contra estos auto de solvenido.

El Juez accedió por anto el 27 de Noviembre de 1890, Notilicados los señores OUttolenzhi del muto de solvendo. venr— ricron en 29 de Noviembre ante el Juez Federal invocando su calidad de extranjeros y la de argentino de Lloveras, y pidiendo que avocase á si la cutis, promoviendo la contienda de competencia correspondiente al Juez de 1° Instancia.

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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:383 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-44/pagina-383

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