DE JUSTICIA NACIONAL 355 culo 86 de la Ley de Procedimientos el hecho de haber sido atropellada y lesionada la niña Rattié, y que su curacion fué hecha por el demandante Doctor Rinaldi tihimenti.
Y considerando : 17 tme establec da en estos términos la cuestion sub-judice, la resolucion que corresponde es la que determina la importancia de la prueba del actor sobre el único punto controvertible á saber: la promesa de Porcel aseverada por la demanda, 2" Que de las declaraciones de los testigos presentados por la demanda, Dña María A. de Vasso, foja 30, Don Miguel Sanchez, foja 31 vta., y Don Antonio Bianchi, foja 33, resulta comprobado que Don Florencio Porcel, al día siguiente de haber sido lesionada La menor Nattic, es decir, el día cinco de Setiembre último, fué si casa del Doctor Ghimenti a encomendarle la curación de la expresada menor, 3" Que este antecedente sobre los anteriores de haber sido el carruaje de Porcel, el que causó el daño y que no existía niaguna relación entre el Doctor Ghimenti y Don Florencio Porce, hace inverosimil la explicacion dada por este último de haber ido á casa del Doctor Gihimenti con el solo propósito de informarse de la salud de lt menor al solo objeto de despedir d su cochero en caso de que debiese sufrir prision por el hecho eometido.
A" Que no resultando del proceso liquidada la cantidad que importa la curacion hecha por el Doctor tihimenti, debe procederse á ella de acuerdo á lo pedido, hacióndose la estimación por el Consejo de Higiene, procedióndose en este caso de acuerdo al artículo 15 de la ley de Procedimientos, Por estos fundamentos, fallo declarando que e! Doctor Ghimenti ha probado su accion contra Don Florencio Porcel: en su vonsecuencia se le condena al pago del importe de la curación hecha á la menor Nattié, cuyo importe se estimará por el Consejo de Higiene, á ruyo efecto se librará el corzespondiente oficio
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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:355
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