del presente juicio, como excepcion á la accion por cobro de h fletes.
| l Tedin.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 18 de 1591.
Vistos: Por sus fundamentos y sin perjuicio de las medidas precaucionales que puedan solicitarse en este juicio por razon del de averías que se menciona en el auto apelado, se confirma T con costas dicho auto, Repuestos los sellos, devuélvanse.
BENJAMIN VICTORICA, — C. $.
DE LA TORRE.— LUIS V.
VARELA. — ABEL BAZAN.—
LUIS SAENZ PEÑA.
—
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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:360
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