Don Alejandro Riaño que había representado 4 D' Cristina Baiz, pide la regulacion de sus honorarios.
La Suprema Corte mandó regularlospor el secretario Dr. D.
Antonio Tarnassi, que los avaluó en cien pesos.
Consentida la regulacion, Riaño pidió se intimara cel pago de la suma regulada con más los derechos de regulacion.
Se intimó el pago y se libró el mandamiénto de embargo que fué trabado sobre unos honorarios devengados por Canelas en los autos seguidos por don Faustino Acosta contra la testa— mentaría de D' Leonarda Marquez Sosa de Iramain, seguido ante el Juez de 1" Instancia de la Capital Dr. Garay.
Hecho el embargo, se citó de remate al deudor, que no opuso excepcion alguna.
El ejecutante pidió se pronunciara la sentencia "de remate y con esto se liquidara el monto total de su crédito con inclusion de lus derechos de regulacion, papel sellado, etc.
La Suprema Corte proveyó: En lo principal al Relator, al otrosí en oportunidad se proveerá.
Fallo de In Suprema Corte Buenos Aires, Abril 14 de 1891 Vistos: No habiéndose deducido excepcion contra la ejecucion iniciada, llévese adelante esta hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y vuelva al Juez de Seccion para su prosecucion. Repóngase los sellos.
BENJAMIN VICTORICA, — C. 5, DE LA
TORRE. — LUIS Y. VARELA.— ABEL
BAZAN, — LUIS SAENZ PEÑA.
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Año: 1891, CSJN Fallos: 43:298
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