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Fallos: 43:303 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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esta ciudad, cuyos límites actuales son: Sud, calle San Martin; Este, propiedud de Paula Sanchez de Pupo; Norte, terreno de Bernardina Veron; y Oeste, propiedad de Miguel E. Calvo.

2" Que cuando se verificó esa venta, existía en el terreno una casita que se reservó la vendedora, donde vivió hasta yu fallecimiento, pasando despues á manos de sus sucesores Encarnacion y María, y que posteriormente fué vendida para satisfacer los gastos funerales de María, 4 Leonor Lopez, quiea la tiene actualmente alquilada á Felipe Sanchez.

3" Que el dominio y la posesion de Toledo nunca fueron desconocidos, ni por los vecinos linderos, ni menos por los ocupantes de la casa que pertenecía ú la vendedora y despues á sus sucesores.

4" Que cuando se mensuró el terreno por el agrimensor N, Chapo, se encontró que dos de sus costados han sido alambrados por D, Felipe Lanari, turbando la posesion tranquila de su representada, segun consta de los documentos de fojas 1 á 12, 5" Que la Municipalidad, por error sin duda, vendió dicho terreno al señor Desiderio D. Dante, y éste á Lanari, 6" Que por lo expuesto deducía cl interdicto deretener la posesion del terreno expresado, contra D. Felipe Lanari, y pedía se la garantiera en su plenitud y libertad, y se le condene á los perjuicios y costas, y al levantamiento del alambrado.

Que convocadas las partes á juicio verbal pidiendo el demandado se citara de eviccion 4 la Municipalidad, primitiva vendedora al señor Dante, de quien él adquirió, lo que se hizo por el auto número 438, en cuya virtud se presentó ú la audiencia dezetada, á tomar la defensa de la parte demandada, exponiendo:

Que la demandante no ha poseído jamás la propiedad á que hace referencia en su escrito de demanda, y que por consiguiente, nu ha podido valerse de las acciones posesorias para entrar en posesion del inmueble; Queel interdicto de retener, no procede bajo ningun concepto,

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Año: 1891, CSJN Fallos: 43:303 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-43/pagina-303

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