CAUSA CX
Don Javier Baca contra el Presbitero D. Manuel Marco, por rescision de contrato; sobre prueba testimonial Sumario, — No deben ser admitidos á exámen los testigos ofrecidos con sólo un dia de anticipacion al del vencimiento del término probatorio.
Caso. — Contestada la demanda, se recibió la causa á prueba, La parte de Marco presentó entre la suya y con fecha 30 de Junio de 1890 á los testigos D. Tomás Fernandez y D. Ignacio Vichi; y el Juez señaló dia para que se recibiesen sus declaraciones.
La misma parte de Marco en igual fecha, tachó al testigo Don Antonio Lopez, presentado por el demandante, y ofreció como testigo para probar la tacha á D. Benito Graña. El Juez señaló día para que fuera examinado este testigo.
Notificado el actor, pidió reposicion de los autos disponiendo el exámen de los mencionados testigos de Marco, alegando: Que ellos habían sido presentados el mismo dia en que venció el término de prueba sin acompañar la lista que la ley prescribe
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Año: 1891, CSJN Fallos: 43:231
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