eso juicioque deben oponerse las defensas que hagan al derecho de los interesados.
Caso. — El dia 18 de Marzo de 1889 Don Antonio Hernandez por Don Esteban Garibaldi, capitan del vapor Colonial, se presentó ante el Juez de Seccion entablando demanda contra el capitan del vapor Diana, por cobro de 4904 pesos con 19 centavos m/n, importe de las averías causadas por un choque que tuvo lugar el 7 de Febrero del mismo año en el puerto de la ciudad de Santa Fé, entre el vapor Colonial y el Diana, por culpa del capitan de este último vapor.
El Juez llamó álas partes á juicio verbal.
En el dia señalado compareció el representante del vapor Diana sin asistencia de la contraria.
Dijo: Que ya so había verificado sobro la cuestion un arreglo definitivo y amistoso por el cual la empresa « La Platense » dueña del Diana, debía pagar al demandante quinientos pesos por toda indemnización ; Que se presentaba solo en obediencis al decreto del Juez y para el nombramiento del árbitro, designándolo en la persona de Don Silvestre Peschetti.
El dis despues el demandante presentó un escrito proponiendo el árbitro de su parte, en la persona de Don Francisco Maizini, que fué nombrado por auto de 5 de Abril.
El dia 4 de Abril de 1889 la parte demandada sr presentó nuevamente y dijo: Que el mismo demandante reconocía en el escrito de demanda, que los daños producidos por el choque habían ya sido avaluados en quinientos pesos ; Que el punto que quedaba pendiente era sobre los gastos necesarios para sacar á tierrael Colonial y volverlo á flote, caso de que esta operacion fuera requerida por el allojamiento de alguna tabla;
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Año: 1891, CSJN Fallos: 42:57
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