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Fallos: 42:249 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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carga y volverla ú estivar. Que en consecuencia, venía ú hacer efectiva la responsabilidad del embargante reclamándole el pago de los gastos que la operacion originó y de la estadía que se produjo, Presentó una cuenta por 461 pesos con 51 centavos, en que figuran los siguientes cargos:

1" Por jornales á estivadores..............es... $ 29.30 2 Por consumo de carbon en el guinche, jornal y mantercion del foguista...........e.eomce.. 7 16.00 3" Por deterioro de útiles de carga. ............. > 1.90 $" Mantencion de estividores, oficial y marinero de la Prefectura é intérprete.........e.eer.e... ° 13.295 5" Por gastos de protesta. .................e...? 7.50 6" Pur la estadía del vapor. ...........eercos.. 5 109.37 7" Por el flete convenido de los 35 fardos. ........ » 249.45 Ne Y ademáS:.=-.-..eoo.onorarteroeaceo.a Y A.M que imputa á los 35 fardos del demandado en proporcion á 512 que fué el total de los desembarcados, en la cantidad de 499 pesos 47 centaros gastados en un telegrama á Bremen avisando la detencion del buque, gastos de botes y otros.

Para acreditar las partidas de su cuenta, presentó el demandante en copia, expresando que los originales se hallaban agregados al! expediente que sigue contra los señores Ghirardo y Moratore, diversos comprobantes; y fundó su derecho á cobrar el flete de los 35 fardos, en que el viaje principia para todos los efectos del vencimiento del flete desde el momento en que la carga queda bajo la responsabilidad del capitan. Pidió que se condenase á D. Emilio Bunge al pago de lu cuenta referida y las rostas, Corrido traslado, el demandado contestó la demanda pidiendo que no se hiciera lugar ú ella, con costas, Dijo: que la deman

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Año: 1891, CSJN Fallos: 42:249 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-42/pagina-249

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