bricacion de ladrillos, la que dice haber sido falsificada por los demandados, construyendo estos otra igual á la patentada, pi— diendo en consecuencia la aplicacion de los preceptos de la ley de Patentes y el embargo de los efectos ú objetos correspondientes á la máquina denunciada.
Por el nuto de foja 10 se hace lugar al embargo solicitado bajo la responsabilidad del demandante y sc dá traslado dela demanda que es contestada en el escrito de foja 17 rechazándose las aseveraciones de contrario á mérito de ser la máquina materia de la cuestion esencialmente distinta de la patentada y no constitnir esta tampoco un invento del demandante, por cuanto desde mucho tiempo antes fué concedida y empleada en todos los países.
Abierta la causa á prueba, vence el término de la misma, sin que las partes produzcan vioguna, y declarado así por el certificado del actuario corriente á foja 35, se presenta por el demandante el ulegato de foja 38, y por el demandado escrito de foja 49, el que se provee mandando traer estos autos que ad efectum videndi, fueron llamados á solicitud de parte para la tramitacion y estudio del espediente seguido por el mismo señor Vannerot contra el señor Dejean, y cuya resolución lleva la misma fecha que la presente.
Y considerando: 1" Que es un principio universal de jurisprudencia el que el onus probandi corresponde al actor cuando los hechos en que "se basa la demanda son negados por el reo, 2" Que habiendo el demandado negado en su contestacion á la demanda la similitud que puede existir entre la máquina de sn propiedad con la patentada, rechazando en absoluto las afirmaciones de la demanda (párrafo 1°, foja 18, escrito de contestacion 4 la demanda) se debe seguir lo dispuesto en la ley primera, título catorce, partida tercera, y absolver de ella al demandado, no probando aquel lo negado.
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Año: 1890, CSJN Fallos: 41:390
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